Padrón: un medio de control.

24 - Enero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

El padrón es sólo un registro estadístico, con muy pocos elementos de comparación en el mundo. No es buenismo ante la inmigración, como dijo esta semana el presidente de la Generalitat, José Montilla. Es un recuento de personas que viven en cada municipio, que por sí solo no genera ningún derecho, pero que se utiliza como herramienta eficaz para la ordenación de la convivencia. En eso coinciden el Tribunal Supremo, el Instituto Nacional de Estadística (INE), la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Abogacía del Estado y hasta ahora todos los partidos, sin excepción.

“El padrón municipal es el registro administrativo en el que constan todos los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Su formación, gestión y custodia corresponden a cada uno de los más de 8.000 ayuntamientos existentes”, asegura Ana Jurado, subdirectora General de Censos y Padrón del Instituto Nacional de Estadística. Tiene reconocido valor científico también para medir la evolución de la población y las migraciones y es la base para elaborar el censo.

No ha habido discusión hasta ahora sobre su funcionamiento y naturaleza. Fue Mariano Rajoy como ministro de Administraciones Públicas quien dictó en julio de 1997 una instrucción para la inscripción automática de inmigrantes en situación irregular y el PP no ha planteado hasta ahora dudas sobre su naturaleza y funcionamiento. No lo hizo ni siquiera en el reciente trámite de la nueva Ley de Extranjería en las Cortes.

La resolución dictada por Rajoy era tan tajante como que aseguraba que “la misión del padrón es constatar el hecho de la residencia, y no controlar los derechos de los residentes. Y justamente porque ésta es la finalidad del padrón, el artículo 18.2 de la Ley de Régimen Local determina que la inscripción padronal no es un acto administrativo idóneo para que de él se extraigan consecuencias jurídicas ajenas a su función”. Eso decía Rajoy hace 12 años, cuando era ministro.

Sí ha habido responsables políticos que en los últimos años han expresado dudas sobre la precisión de las estadísticas del padrón y han planteado la necesidad de actualizar su metodología para evitar errores o fraudes.

Por ejemplo, el pasado 17 de junio, la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, aseguró en la Comisión Constitucional del Congreso: “No resulta muy difícil empadronarse sin vivir realmente en España; de hecho ocurre con muchísima frecuencia. El empadronamiento se produce hasta por Internet, esa es la realidad, y la conclusión a la que hemos llegado todos después de hacer muchos estudios sobre cómo funcionan los datos que tenemos, que desde luego no son buenos, para reflejar una situación real del fenómeno, tendremos que mejorar esos elementos estadísticos”.

El 9 de octubre de 2008, la secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí, dijo casi lo mismo en el Congreso: “El número de personas empadronadas da cuenta del número de personas que se han empadronado, pero no del número de personas que residen en nuestro país. Una persona puede estar empadronada aquí y ni siquiera haber vivido alguna vez aquí, por una ley que procede de hace muchos años. Deberíamos reflexionar aquí conjuntamente sobre si para poder empadronarse se necesita que una persona vaya físicamente a hacerlo y no lo haga a través de Internet”. De ahí no pasó, admitiendo que es posible que alguien “no haya pisado suelo español” y pueda estar empadronado.

La base legal del padrón es el artículo 15 de la Ley de Bases de Régimen Local que asegura que “toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón municipal del municipio en el que resida habitualmente”. Y el 18 aclara expresamente que “la inscripción de los extranjeros en el padrón municipal no constituirá prueba de su residencia legal en España ni les atribuirá ningún derecho que no les confiera la legislación vigente, especialmente en materia de derechos y libertades de los extranjeros en España”.

Un informe de los Servicios Jurídicos de la FEMP concluye que “el padrón municipal es una institución de naturaleza estadística”. Añade que “la finalidad básica del padrón no es otra que la de contener la relación de todas las personas que viven efectivamente en el término municipal”.

El Tribunal Constitucional falló en 2003, como consecuencia de un recurso del PSOE, que todas las personas, sean inmigrantes legales o no, tienen derecho en España a asistencia básica, es decir, sanidad y educación. El único sistema de control meramente estadístico y de capacidad es la inscripción en el padrón. Dando por hecho que esa inscripción es posible para residentes legales y para irregulares.

Y sobre la supuesta contradicción entre estar inscrito en el padrón y ser expulsado por estar en situación irregular, el responsable de la Abogacía del Estado, Joaquín Fuentes Bardají, asegura en el informe emitido esta semana que “la inscripción, tratándose de ciudadanos extranjeros, no acredita la residencia legal de los mismos en el territorio español”.

Es decir, que los municipios pueden conocer sus estadísticas de población con el padrón, pero, al no generar derechos esa inscripción, pueden ser expulsados aunque consten en el padrón. La ley de extranjería precisa que esa inscripción sólo sirve para la prestación de servicios básicos, no para generar derechos de estancia y mucho menos de nacionalidad.

Y el Tribunal Supremo ha fallado en varias sentencias que el empadronamiento no es muestra de arraigo. “No puede afirmarse que el empadronamiento acredite el arraigo”, asegura el alto tribunal en dos sentencias de 2003 y “no puede ser tomado en consideración como acreditativo del arraigo el empadronamiento”, en otra de 2007. Esa reiterada doctrina ha marcado el camino a otras resoluciones de tribunales superiores de justicia para avalar expulsiones de extranjeros irregulares, pese a estar empadronados. Otro ejemplo: el Tribunal Superior de Castilla y León, en una sentencia redactada por el magistrado Francisco Javier Pardo en 2008, asegura tajante que “no es suficiente a los efectos de apreciar el arraigo el mero empadronamiento en un municipio”. Hay sentencias similares en Madrid y Valencia, entre otras comunidades.

Ocasionalmente, algunos tribunales han dado por bueno el empadronamiento para probar el arraigo, pero siempre que esté ligado a otros factores como el puesto de trabajo acreditado.

La otra duda que provoca el registro del padrón es hasta qué punto es una simple inscripción automática o si los ayuntamientos tienen capacidad de poner condiciones o investigar o fiscalizar si se cumplen las exigencias legales. Esa polémica está en el origen de la actuación del consistorio de Vic, avalada por un informe jurídico del despacho de Miquel Roca, que sostenía que los ayuntamientos pueden decidir si el inmigrante es irregular o no. O, mucho más claro, en Torrejón (Madrid) donde se impide inscribirse a extranjeros con visado de turista o a los que señalan como vivienda las que tengan menos de un número determinado de metros cuadrados por persona.

El PP, apoya esta última posición, porque, según su portavoz de inmigración, Rafael Hernando, entiende que con la legislación actual los ayuntamientos tienen margen de comprobación. Por ejemplo, si la ley obliga a empadronar a residentes, no lo puede ser un extranjero que tiene visado de turista.

También, según Hernando, para evitar los “pisos patera” o los falsos domicilios utilizados para empadronamientos masivos. Cita el caso del ayuntamiento de Roquetas (Almería) que detectó cómo una ONG empadronaba en una misma vivienda a centenares de extranjeros irregulares. Explica el portavoz del PP que ese empadronamiento resulta a la larga fundamental como requisito para probar el arraigo y, por tanto, los ayuntamientos deberían establecer ese control.

Esa tesis, no obstante, es rebatida por la doctrina de las reiteradas sentencias citadas.

Esa opinión del PP no la comparte tampoco el jefe de la Abogacía del Estado que sostiene que “en ninguno de los preceptos legales relativos al padrón municipal se impone a los servicios de la corporación local respectiva la comprobación o constatación de la residencia legal del extranjero en territorio español como requisito necesario para su inscripción en el padrón y ello por entender, obviamente, que no es competencia de las corporaciones locales dicha comprobación a los efectos de empadronamiento de personas extranjeras”. Hasta la propia resolución dictada por Rajoy en 1997 como ministro de Administraciones Públicas dice: “El Ayuntamiento ni interviene en la concesión de los permisos de residencia ni es competente para controlarlos. Su obligación es reflejar en un registro, el padrón, el domicilio y las circunstancias de todas las personas que habitan en su término municipal. Y de la misma manera que no debe controlar a través del padrón la legalidad o ilegalidad de la ocupación de la vivienda, tampoco debe realizar ningún control sobre la legalidad o ilegalidad de la residencia en territorio español de ninguno de sus vecinos”.

El problema que sí subyace en los empadronamientos es el de la financiación local, ya que los ayuntamientos tienen que asumir como competencias impropias la asistencia a los extranjeros registrados en sus municipios, sin recibir financiación extra del Estado. En cambio, las comunidades sí reciben mayor financiación por incremento de la población empadronada, según el último sistema aprobado, es decir, se benefician de la permisividad en las inscripciones en los municipios.

Ana Jurado, subdirectora General de Censos y Padrón del Instituto Nacional de Estadística, explica que “los datos obligatorios que contiene el padrón municipal se establecen por ley y son nombre y apellidos, sexo, domicilio habitual, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, número de Documento Nacional de Identidad o, tratándose de extranjeros, del documento que lo sustituya”.

Jurado añade en un artículo en la revista Índice que “pocos países en el mundo disponen de registros similares, con la población exhaustiva y actualizada residente en el país, salvo cuando realizan los censos de población, y que permite además disponer de flujos migratorios permanentemente actualizados”.

El modelo más parecido al español sobre el padrón y la inscripción de extranjeros es el de Reino Unido, donde los ilegales pueden estar inscritos en el censo, porque éste pretende saber cuánta gente reside, al margen de su estatuto legal. Tienen acceso a la educación porque Naciones Unidas así lo exige y las escuelas no están obligadas a comprobar si son ilegales. Y, aunque no tienen derecho a atención sanitaria, en la práctica el Gobierno no lo impide.

En Italia, los inmigrantes irregulares no pueden inscribirse en los padrones municipales. El Paquete de Seguridad redactado por la Liga del Norte y aprobado en agosto de 2009 determina que sólo pueden registrarse los inmigrantes con permiso de residencia que demuestren residir en una vivienda certificada por el municipio con condiciones, entre ellas la surrealista imposición de un antebaño, además de un número mínimo de metros por persona. En Bélgica no hay un sistema unificado de padrón y, como en Holanda, sólo se registra a los legales.

Censo e inmigración en Europa:

- Italia. Los inmigrantes irregulares no pueden inscribirse en el padrón. La ley deja a los sin papeles y sus familias sin acceso a la sanidad y la educación.

- Alemania. Los irregulares no se pueden empadronar. Si lo intentan, el organismo comunica sus datos a la oficina de extranjería. Ni las consultas ni las ONG de médicos están obligadas a denunciar; los hospitales o las escuelas sí.

- Francia. No es necesario estar registrado para acceder a los derechos sociales. En el caso de la asistencia médica, los irregulares están cubiertos por un dispositivo especial que les permite acudir al médico y cuyo coste asumen las autoridades.

- Bélgica. No existe el empadronamiento como en España. Cada comuna tiene un sistema de registro distinto. La norma general es que sólo pueden registrase los inmigrantes legalizados.

- Holanda. No censa a inmigrantes ilegales. Éstos tienen garantizado el uso de servicios médicos de urgencia, pero no los médicos de cabecera. Tienen acceso a la educación hasta los 16 años.

- Reino Unido. Los irregulares pueden estar inscritos en el censo porque este pretende saber cuánta gente reside, al margen de su estatuto legal. Tienen acceso a la educación y, aunque no tienen derecho a atención sanitaria, en la práctica el Gobierno no lo impide.

- Portugal. Los inmigrantes irregulares no figuran en el padrón. Sin embargo, tienen derecho a todas las prestaciones sociales.

7.600 delincuentes extranjeros expulsados.

24 - Enero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

La recién estrenada Brigada de Expulsión de Delincuentes Extranjeros de la Policía Nacional ejecutó en 2009 la repatriación de 7.591 malhechores por haber cometido cerca de 24.000 delitos. Una inspectora jefe de la Brigada ha aclarado que “el porcentaje de delincuentes extranjeros es mínimo respecto a la cantidad total de inmigrantes que viven en nuestro país”.

Los criminales expulsados son reincidentes, autores de hechos con especial violencia o gravedad, terroristas y presos en prisión preventiva o que concluyen su condena. De las 23.918 infracciones que acumularon los delincuentes, un 46% son contra el patrimonio, un 19% contra las personas, un 8% son hechos contra la salud pública y un 5% son casos de violencia doméstica. El 22% restante pertenecen a tipologías delictivas diversas. Los expulsados tienen prohibida la entrada en España y en los países miembros del espacio Schengen durante 10 años.

La Brigada, creada a finales de 2008, está en comunicación constante y accede a las bases de datos de las autoridades judiciales, la Fiscalía y Prisiones, donde la Brigada ha efectuado 2.022 repatriaciones de presos, un 54% más que el año anterior. Forma parte de la Comisaría de Extranjería y Fronteras y su objetivo es conocer la situación penitenciaria de los reincidentes extranjeros para gestionar, si es necesario, su expulsión con autorización judicial.

La Dirección General ha informado con un ejemplo. La Brigada ha procedido a la expulsión de dos delincuentes, A. F. y M. O., que acababan de salir de prisión. Entre ambos sumaban 41 detenciones por delitos como robo con violencia, falsificación de moneda, amenazas, estafas, violencia doméstica y lesiones.

No empadronar inmigrantes en Vic.

12 - Enero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

Vic ha abierto la caja de los truenos. Bajo el escudo de la necesidad de “poner orden”, el equipo de gobierno, liderado por CiU y apoyado por el PSC y ERC, ha anunciado que no empadronará a los inmigrantes sin papeles si no han iniciado los trámites para regularizar su situación. Es una medida insólita que rechazan la mayoría de los alcaldes de la zona y que no se entiende sin la presencia en el Consistorio de este municipio barcelonés de Plataforma per Catalunya (PxC), la segunda fuerza local, que defiende sin pudor planteamientos xenófobos y que está liderada por Josep Anglada, vicepresidente provincial en Barcelona de Fuerza Nueva

El alcalde de Vic, Josep Maria Vila d’Abadal (UDC), considera demagógico atribuir a Anglada una influencia en la política local, mientras que el portavoz socialista, Josep Burgaya, niega rotundamente que el edil ultra marque la agenda política “porque no tiene ni el monopolio ni el conocimiento real de la inmigración”. El tercer brazo del equipo de gobierno, ERC, asegura que gobiernan sin dejarse llevar por los extremismos de “los que reclaman liquidar los inmigrantes y los que abogan por abrir completamente las puertas”, en referencia a PxC e ICV respectivamente.

En las direcciones de los partidos implicados, las reacciones a la negativa a empadronar inmigrantes han sido más que tímidas. CiU declinó comentarla, el PSC la calificó de discutible y ERC asegura que “no la ve bien”. Además de polémico y de dudosa legalidad, el acuerdo del Ayuntamiento de Vic supone una ruptura con la política de integración de la inmigración que llevó a cabo durante 17 años el alcalde de Unió Jacint Codina.

La inmigración como arma electoral.

El anuncio de la PxC de concurrir a las elecciones autonómicas dará muy probablemente al traste con el pacto tácito de los partidos catalanes de no utilizar la cuestión de la inmigración como arma electoral. Ésta es la principal baza de que dispone Anglada y ya sabe que funciona porque lo ha comprobado en Manlleu (Barcelona), El Vendrell (Tarragona) y Cervera (Lérida). Anglada considera que puede obtener entre cuatro y ocho diputados en las próximas elecciones autonómicas, pero al margen de cuál sea el resultado, es innegable su progresiva ascensión en la escena política a partir de un discurso xenófobo.

Su irrupción en el Ayuntamiento de Vic con cuatro concejales en las elecciones de 2007, los mismos que el PSC, llevó al alcalde, el democristiano Josep Maria Vila d’Abadal, a formar un gobierno de concentración, con la presencia de cuatro de los seis que obtuvieron representación, todos a excepción de la PxC y de la CUP. Pero unos meses después, el alcalde echó del gobierno local a ICV por discrepancias irreconciliables y actualmente suman mayoría absoluta CiU, el PSC y ERC, con 14 de los 21 escaños.

El alcalde de Vic, que reside en Barcelona, no esconde que la PxC supo aprovechar el “malestar” de la sociedad en temas de inmigración y cree que fue un castigo a las “políticas demasiado benévolas” llevadas a cabo por su antecesor. “Acoger, incorporar a los inmigrantes, pero también exigirles”, reza Vila d’Abadal.

87 nacionalidades en Vicefecto boca-oreja, muchos ciudadanos del Magreb se instalaron allí a partir de mediados de la década de 1990. Los últimos años, los latinoamericanos, colombianos y ecuatorianos principalmente, han ido ganando terreno y ya son la segunda mayor comunidad. También es destacable la colonia asiática.

Debido a esa realidad, Vic ha abierto camino en muchas ocasiones en las políticas de integración de la inmigración. El conocido como “modelo Vic de escolarización”, iniciado en Manlleu en 1992 y adoptado en Vic en 1997 a raíz de la fusión de cuatro escuelas públicas, fue pionero en Cataluña en el reparto equitativo de alumnos inmigrantes en aulas públicas y concertadas para evitar guetos. Más tarde se ha extendido a gran parte de Cataluña. Recientemente también abrió las puertas, de forma ya más controvertida, a la creación de espacios de bienvenida educativos, a los que son enviados los alumnos inmigrantes antes de acceder a la escuela para facilitarles ciertos conocimientos de la lengua y el entorno que se encontrarán al llegar a las aulas.

Mientras tanto, la negativa de Vic a empadronar a los inmigrantes que no estén regularizados ha sido recibida con mucha prudencia por sus municipios vecinos. Tan sólo el alcalde de Tona (Barcelona), Josep Salom (CiU), ha aplaudido abiertamente la medida y no descarta adoptarla. Menos explícito, pero dejando la puerta abierta al debate sobre si hace falta endurecer la normativa, ha sido el alcalde de Calldetenes (Barcelona), Jaume Mas (ERC).

Radicalmente en contra se ha mostrado el alcalde del municipio barcelonés de Torelló, Miquel Franch (PSC). Acusa al equipo de gobierno de Vic de precipitarse y de actuar de espaldas a las normativas vigentes y de las asociaciones municipalistas.

Miquel Arisa (PSC), alcalde de Centelles (Barcelona), considera la medida “más bien desacertada” y reconoce no entender los motivos de Vic para llevarla a cabo. No teme posibles repercusiones para su municipio y asegura que ellos continuarán con el sistema actual de empadronamiento. Ni un ápice del procedimiento se cambiará tampoco en Roda de Ter (Barcelona), según confirma su alcalde, el independiente Antoni Llach. Un procedimiento, subraya, pactado a principios de 2009 en una reunión con alcaldes de la comarca, entre ellos el del mismo Vic, que ahora se ha desmarcado.

Reforma de la Ley de Extranjería.

30 - Octubre - 2009 por JM | Noticias Nacionales | | 1 Commentario

El Gobierno ha admitido casi 300 enmiendas, de las más de 700 presentadas por los grupos de oposición, para sacar adelante su polémica reforma de la Ley de Extranjería. De esa manera, ha logrado el apoyo parlamentario de los nacionalistas de CiU, CC y PNV. La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, se felicitó por el “amplio consenso” y anunció que el Reglamento que desarrolle la norma será redactado antes de un año.

Ésta es la reforma de la ampliación del periodo de internamiento de los sin papeles y de la limitación de la reagrupación familiar de los mayores, pero también es la reforma que reconoce a las parejas de hecho y que protege a las víctimas de la violencia de género o de la trata de mujeres. En suma, se trata de un texto que provoca reacciones contradictorias.

A cambio de su apoyo, los nacionalistas catalanes han logrado ampliar las competencias de las comunidades autónomas, especialmente las de la Generalitat de Cataluña. Los canarios han obtenido la posibilidad de traspasar la tutela de los menores no acompañados, que saturan sus centros de acogida, a otras comunidades e, incluso, a ONG especializadas en la protección de muchachos. Y los vascos, que en su momento presentaron una enmienda a la totalidad del texto y lo calificaron de “berlusconiano”, han conseguido que el tiempo de tramitación de las peticiones de asilo o de hábeas corpus que puedan hacer los inmigrantes internados no se sume a los hasta 60 días de retención que prevé la ley para ellos.

El PP se quedó al margen de ese consenso. De las 60 enmiendas que presentó, los socialistas sólo admitieron una, poco más que una corrección técnica. Su portavoz, Rafael Hernando, lamentó que el Gobierno “haya perdido una oportunidad para variar su política”, calificó el nuevo texto de “mera reforma cosmética” y anunció que su partido lo cambiará cuando llegue al Gobierno.

Desde fuera del hemiciclo, ONG solventes como Amnistía Internacional, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, Cáritas y la Red Acoge reconocen “alguna mejora relevante” en el texto aprobado respecto a su redacción inicial, pero alertan de que incluye importantes restricciones de derechos fundamentales de los inmigrantes. Asociaciones de extranjeros como la marroquí ATIME, la latinoamericana AESCO o la ecuatoriana Rumiñahui se resisten a calificar la reforma porque opinan que contiene tantos aspectos positivos como negativos.

El texto aprobado ayer en el Congreso será discutido ahora en el Senado, desde donde volverá al Congreso para su aprobación definitiva. Ésta es la cuarta reforma de la ley en ocho años. Las tres anteriores corrieron a cargo de Gobiernos del PP.

Los 10 puntos más polémicos:

- Internamiento. Aumenta el periodo máximo de internamiento de los sin papeles de 40 a 60 días.

- Reagrupación. Limita la reagrupación familiar de los ascendientes de los inmigrantes a los mayores de 65 años, aunque contempla razones humanitarias para llevarla a cabo en casos concretos. También exige al reagrupante cinco años de residencia en España.

- Parejas de hecho. Las parejas de hecho podrán reagrupar a sus respectivos cónyuges.

- Permiso laboral. Los familiares reagrupados de un inmigrante que se hallen en edad laboral recibirán una autorización de trabajo junto a la de residencia.

- Violencia de género. Las extranjeras sin papeles que denuncien una agresión y obtengan una orden de protección podrán obtener una autorización provisional de residencia y trabajo hasta que se dicte la sentencia.

- Infracciones. Castiga con multa de hasta 10.000 euros a quienes promuevan la permanencia irregular de un extranjero tras haberle facilitado una carta de invitación para viajar a España.

- Trata de mujeres. Las víctimas de trata de mujeres tendrán un periodo de reflexión de 30 días para decidir si colaboran con las autoridades en la lucha contra los traficantes. Si aceptan, obtendrán una autorización de residencia.

- Sanciones. Los empresarios que contraten a sin papeles deberán pagar la repatriación de éstos. Hasta ahora, ese gasto recaía sobre los contribuyentes, a través de los Presupuestos Generales del Estado.

- Tutela de menores. Las comunidades autónomas podrán traspasar la tutela de los menores no acompañados a otras comunidades o a organizaciones de protección del menor.

- Integración. Las comunidades autónomas acreditarán el esfuerzo de integración de los inmigrantes como un complemento para suplir la carencia de otros requisitos a la hora de renovar sus documentos de residencia.

“Desmantelar las barreras” a la inmigración.

08 - Octubre - 2009 por JM | Noticias Internacionales | | Envia un comentario

El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) pidió este lunes “desmantelar las barreras” a la inmigración porque ésta aumenta la libertad de las personas y mejora la vida de millones de habitantes del mundo entero, en el cual 1.000 millones son migrantes.

“Permitir la inmigración, tanto entre países como en su interior, tiene el potencial de aumentar la libertad de las personas y mejorar la vida de millones de habitantes” de todo el mundo, afirmó el PNUD en su informe titulado ‘Superando barreras: movilidad y desarrollo humanos’ difundido este lunes.

Una de cada siete o lo que es igual, 1.000 millones de personas de todo el mundo, son migrantes, afirma el PNUD, para el cual “la migración puede mejorar el desarrollo humano de quienes se desplazan, de las comunidades de destino y de quienes permanecen en su lugar de origen”.

El documento, publicado en momentos en que las economías más desarrolladas empiezan a mostrar señales de recuperación tras la crisis financiera y económica, considera que “la recesión debe tomarse como una oportunidad para instaurar un nuevo trato hacia los inmigrantes que beneficie a los trabajadores en el lugar de origen y en el extranjero”.

Pero que “al mismo tiempo los resguarde contra una reacción proteccionista”, consideró Jeni Klugman, una de las principales autoras del informe, efectuado con datos de 182 países miembros de la ONU.

“Con la recuperación, volverán a aparecer muchas de las mismas tendencias básicas que han estado impulsando el desplazamiento durante los últimos 50 años e incentivarán a más gente a trasladarse”, dice el texto.

La crisis también afectó a las remesas que los inmigrantes envían a sus familias en sus países de origen y que en muchos casos, superan la ayuda oficial al desarrollo.

Según el PNUD, las remesas a los países en desarrollo bajarán de 308.000 millones de dólares en 2008 a 293.000 millones en 2009.

Por ejemplo, en 2007, América Latina y el Caribe recibieron 63.408 millones de dólares en remesas, indica el PNUD.

El informe propone un “entorno normativo” que permita aprovechar los beneficios de la inmigración, pero también quiere corregir algunos “conceptos erróneos” y “estereotipos negativos” sobre este fenómeno como aquel de que los migrantes “nos quitan el empleo” o “viven a costa de nuestros impuestos” que “abundan en los medios de comunicación”.

“La mayoría de los inmigrantes no atraviesa fronteras nacionales, sino más bien se desplaza dentro de su propio país: 740 millones de personas son migrantes internos y casi cuadruplican la cifra de migrantes internacionales”, dice el informe.

Cada año cinco millones de personas cruzan las fronteras internacionales poara ir a vivir a un país desarrollado, dice el informe.

Según el PNUD, en 2010 habrá 188 millones de migrantes internacionales, es decir el 2,8% de la población mundial. En 1960, esa cifra era de 74,1 millones, equivalente al 2,7% del total de habitantes de entonces.

Sostiene que “contrariamente” a las opiniones imperantes “lo migrantes suelen aumentar el producto económico y dan más de lo que reciben”.

El informe destaca que los países del sur de América Latina “se encuentran en proceso de crear zonas de libre movimiento para promover un intercambio más autónomo y al mismo tiempo incrementar los beneficios de la migración”.

“Los amplios mercados laborales creados en estas regiones pueden traducirse en considerables beneficios para los migrantes, su familia y su comunidad”, afirma.

El informe “no sugiere una liberalización generalizada” de la migración pero “sostiene que existen muchos argumentos a favor de aumentar el acceso en sectores de gran demanda laboral, incluido para trabajadores con bajas calificaciones”.

También menciona el caso de los países de origen que restringen y “controlan rigurosamente” la salida de sus habitantes, como Cuba.

En cambio saluda los acuerdos “supranacionales” que pueden “influir de manera considerable en los flujos migratorios” como el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), cuyos efectos entre los países firmantes “han sido considerables”.

Entre las reformas que propone el PNUD destacan: abrir los canales de entrada disponibles para mas trabajadores; reducir los costos de transacción de la migración; facilitar la migración interna; incorporar la migración a las estrategias de desarrollo de los países de origen y garantizar los derechos humanos básicos para los migrantes.

Para la responsable del PNUD, Helen Clark, “muchas de estas reformas son más viables de lo que se pensaba (…) no obstante requieren bastante voluntad política”.

Modifican la Ley de extranjeria.

07 - Agosto - 2009 por JM | Noticias Nacionales | | 1 Commentario

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que tiene como finalidad adaptar la regulación de los procedimientos de autorización inicial de residencia y trabajo al traspaso a las comunidades autónomas de las competencias ejecutivas en materia de autorización inicial de trabajo de los extranjeros.

Esta asunción de competencias por parte de las autonomías tiene como consecuencia que en el procedimiento de solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo confluyan dos administraciones públicas: la estatal, competente sobre autorización de residencia, haciendo imprescindible la coordinación en el procedimiento de ambas administraciones y la autonómica competente sobre la concesión de la autorización de trabajo.

A juicio del Ejecutivo, el procedimiento de autorización aprobado por este Real Decreto supone un beneficio para el usuario. Por un lado, los ciudadanos de las comunidades autónomas que tramiten estas autorizaciones se relacionarán con la Administración que es la más próxima al ciudadano (con una única presentación y notificación). Por otro, la Administración autonómica y la estatal ejercerán sus competencias a través de un procedimiento único que permitirá compartir información y ahorrar trámites.

Renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros.

El Real Decreto contempla también algunos cambios significativos que ajustan determinados supuestos de renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros. El Gobierno ha alcanzado varios acuerdos en materia de extranjería que ha hecho posible la introducción en esta nueva legislación de criterios para facilitar la recolocación de los extranjeros que hayan quedado en desempleo, haciendo posible la modificación de sus autorizaciones para eliminar las restricciones geográficas o de sector de actividad, así como cambiar la autorización de cuenta ajena a cuenta propia o viceversa.

Además, este Real Decreto facilitará la renovación de las autorizaciones de aquellos trabajadores que tienen una trayectoria laboral que acredita su vinculación reforzada con el empleo, así como la de otros extranjeros que cuentan con una red familiar que sustenta su mantenimiento en España cuando no pueden acreditar un contrato de trabajo en vigor en el momento de la renovación.

Dos meses sin cayucos en Canarias.

01 - Junio - 2009 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

El número de inmigrantes que ha llegado al archipiélago canario en lo que va de año asciende a 1.318 personas, lo que supone una caída de un 52 por ciento con respecto al mismo periodo de 2008 (1.439 menos), según los datos facilitados a Europa Press por la Subdelegación del Gobierno en la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Además, ningún cayuco ni patera ha arribado a las islas desde que el pasado 31 de marzo alcanzasen la costa de la isla de El Hierro dos embarcaciones que transportaban a 77 inmigrantes –76 adultos, 1 menor–; y 75 inmigrantes –68 adultos, 7 menores–, respectivamente. Así el mes de marzo fue el último en el que se han registrado llegadas.

Estos números suponen que los centros de internamiento de extranjeros (CIE) de las islas alberguen a 57 personas. De este modo, en las instalaciones en Las Palmas de Gran Canaria, cuya capacidad es para 168 personas, se alojan 33 internos; en Fuerteventura, con capacidad para 1.158, seis; y en Tenerife, con capacidad para 326, se encuentran 18 personas.

En cuanto a los menores extranjeros no acompañados, han llegado a Canarias un total de 142 menores en estos primeros cinco meses del año. Esta cifra supone una caída del 53 por ciento con respecto al mismo periodo del año anterior en el que arribaron 264. En 2008 lo hicieron un total de 766.

Asimismo, en lo que va de año han perdido la vida intentando alcanzar la costa del archipiélago 28 personas, mientras que en todo el mismo año lo hicieron 45. Estas 28 muertes se registraron el pasado mes de febrero.

Permiso de trabajo a mujeres maltratadas.

18 - Mayo - 2009 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

El Gobierno ha modificado sustancialmente el anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería. La versión definitiva que, como anunció el presidente José Luis Rodríguez Zapatero en el debate sobre el estado de la nación, ha sido remitida al Consejo de Estado, recoge numerosas sugerencias aportadas por los organismos a los que el texto fue sometido a consulta. Entre las novedades del documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS, destaca el tratamiento a las víctimas de violencia de género en situación irregular, cuyos expedientes de expulsión quedarán paralizados desde el momento en que realicen la denuncia; además, podrán obtener autorizaciones provisionales de estancia y de trabajo, por circunstancias excepcionales, hasta que termine el procedimiento judicial. En 2008, el 44% de las mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas fueron inmigrantes.

Aunque mantiene la filosofía restrictiva de la primera versión, el anteproyecto suaviza algunos requisitos en materia de reagrupación familiar, repatriación de menores, expulsión de inmigrantes irregulares y prolongación del periodo de internamiento. También aclara el punto relativo a quienes proporcionen “hospitalidad” a los sin papeles. Los trabajos han sido coordinados por la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, bajo la dirección del ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho. El Ejecutivo tiene previsto enviar el nuevo texto al Congreso antes de que finalice el periodo de sesiones, en verano.

Éstas son las novedades más importantes:

- Víctimas de violencia de género. Ahora, cuando una extranjera sin papeles acude a denunciar una agresión, las autoridades tienen la obligación de poner en marcha un expediente sancionador por estancia irregular. Sólo cuando es pronunciada una sentencia firme que confirme su denuncia puede obtener un permiso de estancia y de trabajo. La nueva redacción del anteproyecto de ley incluye un artículo que ofrece a las mujeres la posibilidad de obtener una autorización provisional de estancia y de trabajo por circunstancias excepcionales; es decir, que puedan trabajar hasta que se pronuncie la sentencia. Además, “si al denunciar una situación de presunta violencia de género la mujer extranjera pusiera de manifiesto (…) que se halla en situación irregular, el expediente sancionador incoado” por ese motivo será suspendido “hasta la resolución del procedimiento penal denunciado”.

La extranjera que se halle en esa situación podrá solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales a partir del momento en que se dicte una orden de protección a su favor o cuando cuente con un informe del ministerio fiscal en el que se constaten indicios de violencia de género. “Dicha autorización no se resolverá hasta que recaiga sentencia o concluya el procedimiento penal”. También las autoridades podrán concederle una autorización de trabajo provisional, que conllevará su habilitación para permanecer en España en régimen de estancia. Esa autorización concluirá en el momento en que se conceda o deniegue definitivamente la autorización por circunstancias excepcionales.

Si el procedimiento penal concluyera declarando a la extranjera víctima de violencia de género, se cerrará el expediente sancionador incoado por estancia irregular en España “sin que quepa propuesta de sanción” y podrá concedérsele una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales. Pero si finalmente no quedara establecida su condición de víctima, se reanudará el expediente suspendido.

- Reagrupación familiar. El anteproyecto restringe la reagrupación familiar de los ascendientes y la limita a los mayores de 65 años. Sin embargo, en la nueva redacción abre la vía a la reagrupación a menores de esa edad por razones humanitarias, para evitar, por ejemplo, que no se pudiera reagrupar simultáneamente a unos progenitores porque el padre tuviera 70 años y la madre 63. El artículo 17 señala que el extranjero tiene derecho a reagrupar con él en España a su cónyuge, a sus hijos y a los del cónyuge siempre que sean menores de 18 años o discapacitados; también a los menores de 18 años o discapacitados de los que el residente sea representante legal y a sus ascendientes o a los de su cónyuge cuando estén a su cargo y sean mayores de 65. Ahora añade: “Excepcionalmente, cuando concurran razones de carácter humanitario podrá reagruparse al ascendiente menor de 65 años”.

También se modifican y suavizan las exigencias económicas para la reagrupación. Hasta ahora sólo se tenían en cuenta los ingresos del reagrupante. Ahora se añaden a éstos los de su cónyuge. “En la valoración de los ingresos a efectos de la reagrupación (…) se tendrán en cuenta otros ingresos aportados por el cónyuge que resida en España y conviva con el reagrupante”.

Asimismo, el anteproyecto establece que “en caso de muerte del reagrupante, los familiares reagrupados podrán obtener una autorización de residencia independiente (…)”.

- Hospitalidad. La ambigua redacción del punto 2.c del artículo 53 del anteproyecto, relativo a infracciones graves, hizo temer a algunas ONG que iban a ser penalizadas por socorrer a inmigrantes en situación irregular. Ello levantó una gran polvareda, a pesar de que la secretaria de Estado de Inmigración insistió repetidamente en que se trataba de una imprecisión y que iba a ser subsanada. El artículo va dirigido, sobre todo, contra las personas que utilizan cartas de invitación para favorecer la inmigración irregular.

La primera redacción calificaba como infracción grave “promover la permanencia irregular en España de un extranjero. Se considerará que se promueve la permanencia irregular cuando el extranjero dependa económicamente del infractor y se prolongue la estancia autorizada más allá del periodo legalmente previsto (…)”. La nueva redacción dice que es infracción grave -castigada con hasta 10.000 euros de multa- “promover la permanencia irregular en España de un extranjero cuando su entrada legal haya contado con una invitación expresa del infractor y continúe a su cargo una vez transcurrido el periodo de tiempo permitido por su visado o autorización (…)”.

- Internamiento. Uno de los capítulos más polémicos del anteproyecto es el referido al ingreso de los sin papeles en centros de internamiento. Además de incrementar el periodo de encierro de 40 a 60 días, incluía tres supuestos en los que el cómputo de la reclusión quedaba suspendido (prorrogado) y hacía aquélla mucho más larga: mientras durara la tramitación del procedimiento de asilo, mientras se resolviera la admisión de habeas corpus o mientras el extranjero estuviera enfermo. En la nueva redacción, los 60 días siguen en pi, pero se establecen garantías judiciales para la suspensión del cómputo por solicitar asilo -sólo podrá prorrogarse un máximo de 14 días- y para la admisión del habeas corpus. La suspensión por enfermedad queda fuera de la nueva redacción.

Una nueva disposición adicional compromete al Gobierno a aprobar, en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la ley, un reglamento que desarrolle el régimen de internamiento de los extranjeros.

- Reagrupación para españoles. Los españoles, incluidos los extracomunitarios nacionalizados, tendrán ventajas para reagrupar a sus ascendientes. Así lo asegura una nueva disposición adicional: en el reglamento que desarrolla la ley “se podrán establecer condiciones especiales más favorables” respecto a las previstas en esta ley, para la reagrupación familiar ejercida por los españoles.

La segunda generación.

02 - Marzo - 2009 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

La Universidad Pontificia Comillas, la de Princeton y la de Clemson (EE UU) han presentado esta mañana un estudio conjunto titulado Segunda generación en Madrid: Un estudio longitudinal, que retrata cómo son los hijos de inmigrantes que viven en la capital y para cuya elaboración se han entrevistado a 3.375 adolescentes. Un dato relevante es su escaso españolismo: cuatro de cada diez no tienen interés en seguir viviendo aquí y sólo un tercio se considera español, mientras que el resto se identifica más con sus nacionalidades de origen. Del estudio se desprende también que existe una importante “brecha” entre las aspiraciones y las expectativas educativas de este colectivo. Así, aunque más de la mitad (el 53%) quiere ir a la universidad, sólo un 23% confía en lograrlo. Al grado educativo más alto, el postgrado, aspira el 9%, pero sólo el 5% confía en conseguirlo.

Para muchos estudiosos de la migración, esta brecha ha sido el origen de los conflictos ocurridos en países europeos con las segundas generaciones, como Francia o Gran Bretaña. A pesar de todo, el informe destaca que “no perciben gran rechazo y confían en la existencia de oportunidades”. Asimismo, el estudio encuentra diferencias significativas entre los alumnos de colegios concertados y los de colegios públicos, que tienen unas expectativas “significativamente más bajas”. En los primeros, el 63% del alumnado hijo de inmigrante quería llegar a la universidad, cuando en los segundos, “sólo la mitad” se lo plantea. Lo mismo ocurre de cara al mundo laboral. Según la investigación, un 26% de los alumnos de colegio público seleccionó entre sus aspiraciones trabajos de nivel bajo o medio, y poco más de un tercio manifestó confiar en llegar a ocupaciones gerenciales o profesionales.

Sin embargo, la mitad de la muestra de colegio concertado seleccionó ocupaciones de más alto nivel. No obstante, los autores inciden en que no se puede atribuir esta brecha a la calidad de la educación en cada centro, sino a la predisposición familiar: en general, los padres con mayores niveles de educación, medios económicos y ambición para sus hijos les llevan a colegios concertados, y esto se refleja en las aspiraciones de los adolescentes “independientemente de la enseñanza que reciban”. Pese a ello, los estudiantes de concertados tienen “una opinión aún más positiva de sus profesores y la disciplina escolar”, emplean de media más tiempo a los deberes académicos y dedican menos horas a ver la televisión que sus compañeros de colegios públicos. De hecho, el 40% de éstos pasa tres horas o más cada día delante de la tele.

¿Se sienten discriminados?

El estudio incide en las diferencias en el entorno escolar, porque mientras una mayoría de los estudiantes en colegios públicos reporta la existencia de pandillas y frecuentes peleas interraciales o interétnicas en los centros, estas situaciones son “significativamente menores” en los colegios concertados. No existen variables respecto al tipo de colegio cuando se habla de discriminación. Los autores explican que “pese a las frecuentes alusiones” públicas al fenómeno, más de la mitad de los hijos de inmigrantes declara que nunca se ha sentido discriminado, aunque existe un 5% que la ha padecido “muchas veces”. Sin embargo, el 70,8% del total cree que los españoles se sienten superiores a los extranjeros.

Asimismo, el estudio destaca que para el 85% del colectivo es más importante su identidad nacional que religiosa, y concluye que sólo un tercio de esta segunda generación de inmigrantes se considera español, mientras que el resto se identifican más con sus nacionalidades de origen. En este sentido, el informe explica que la “relativa escasez de la autoimagen española y la fuerza de identidades y redes sociales étnicas reflejan, fundamentalmente, el carácter reciente de la migración, lo que conlleva que la mayoría de los hijos de inmigrantes actuales sean, ellos también, extranjeros”.

No en vano, menos de la cuarta parte de la muestra declara que “no hay mejor país para vivir que España”, mientras que el 76% de los encuestados está en desacuerdo con esta afirmación. Además, cuatro de cada diez nuevos españoles (más del 40%) no tienen interés en quedarse en el país y prefieren trasladarse a Norteamérica u otra zona del mundo desarrollado. Sólo un 27% quiere permanecer en España cuando sean mayores.

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