La morosidad causa de despido.

08 - Marzo - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

La demora en el pago de facturas es uno de los principales enemigos con el que están topando los trabajadores autónomos durantes esta crisis, por lo que ATA también ha demandado que se conceda el aplazamiento de los pagos a la Seguridad Social.

En la actualidad, el Estatuto de los Trabajadores recoge tres motivos, muy genéricos, por lo que un empresario puede despedir de forma objetiva, es decir con una causa justificada, a un trabajador por motivos económicos, de organización o técnicos. Lo que demandan los autónomos es que estas causas genéricas se concreten más. “Muchas empresas no están bien. Hay que clarificar las causas y no dejarla al arbitrio de los jueces”, ha afirmado Amor en la presentación del observatorio del trabajo autónomo.

Para un trabajador, la diferencia entre un despido procedente o justificado y uno improcedente se sitúa básicamente en la indemnización. Mientras el primero conlleva una indemnización de 20 días por año trabajado con un tope máximo de 12 mensualidad, el segundo contempla una de 45 días o 33 días, según el tipo de contrato, por año y sitúa el límite en 42 mensualidades o 24, respectivamente.

A pesar de esta importante diferencia de indemnización entre las rescisiones con causa justificada y las que no, lo cierto es que los despidos improcedentes son la vía mayoritaria utilizada por las empresas, incluso en una crisis como la actual.

Además, de este cambio, ATA también reclamó al Gobierno que los autónomos puedan decidir cada año si permanecen o abandonan el régimen fiscal de módulos, un sistema por el que el autónomo tributa una cantidad fija en función de parámetros como los trabajadores o los metros cuadrados del negocio independientemente del volumen de los ingresos.

Las autoescuelas entran en la cárcel.

24 - Febrero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

Las personas que se encuentran recluidas en los centros penitenciarios españoles podrán sacarse el carné de conducir entre rejas y también recuperar parte o todos los puntos perdidos del permiso. Serán 15 los centros en los que se impartirán tres cursos anuales de 25 horas, siempre que lo demanden al menos 10 personas. Para ello profesores de autoescuela voluntarios se desplazarán a las cárceles para impartir las clases. Los centros son: Albolote (Granada), Arrecife, Ávila, Burgos, Castellón, Córdoba, Huelva, Lugo-Bonxe, Madrid I, Nanclares, Ocaña II, Ourense, Topas (Salamanca), Valladolid, Villabona (Asturias).

Así, según destacaron la secretaria general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo, y el presidente de la Confederación Nacional de Autoescuelas, José Miguel Báez, durante la presentación del convenio de colaboración, se evitará que los reclusos salgan a la calle sin permiso y conduzcan ilegalmente, y se mejorará su reinserción. Poco a poco la iniciativa se irá extendiendo a los 69 centros que dependen de la Administración General del Estado.

Los internos se prepararán para examinarse de la parte teórica en los propios centros y acudirán a las autoescuelas (siempre que su perfil penitenciario lo permita) de cara al examen práctico. El 77% de los presos conducían cuando estaban en libertad y de ello un tercio circulaba sin carné. Por lo que la cifra de personas que cumplen condena y que no circulaban sin permiso ronda los 20.000. Los penados que tengan medios económicos abonarán el importe de las clases, pero los insolventes obtendrán ayudas. El 32,8% de quienes nunca pisaron una autoescuela nunca intentó sacarse el carné por falta de recursos económicos. El 51,4% por falta de formación escolar o por problemas con el idioma,

Mercedes Gallizo aseguró que con esta iniciativa se evitarán muchos casos de reincidencia y se ganará en seguridad en las carreteras. Según datos de Instituciones Penitenciarias actualmente 2.982 presos cumplen actualmente condena por algún delito contra la seguridad vial, y el 33,21% de ellos se encuentra encarcelado por conducir sin carné. Si se consideran otras situaciones penitenciarias como “penados a localización permanente, en libertad condicional o con arrestos de fin de semana”, serían, según las mismas fuentes, 3.215 personas. Sólo el 1,17% de los reclusos por delitos de seguridad vial son mujeres. Y sólo el 14,2% del total son extranjeros.

La firma de este convenio se suma a la que se puso en marcha en noviembre tras la firma del acuerdo entre Prisiones y el Real Automóvil Club de España (RACE) para impartir cursos de seguridad vial en los centros penitenciarios, lo que da muestra de la importancia que el departamento de Gallizo está otorgando a la formación vial de los internos.

El cura que se prostituía y robaba.

24 - Febrero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

Una fuerte polémica y escándalo se ha suscitado en España al revelarse que el cura Samuel Martín, de 27 años, ofrecía por Internet servicios sexuales y además sustraía dinero de la Parroquia que dirigía.

Las autoridades estiman que el párroco Samuel Martín gastó 17 mil euros en líneas eróticas y páginas web pornográficas.

Se presentaba como “Héctor, hombre hetero español, al servicio de tu felicidad”.

“Para mujeres y parejas, bien dotado (15 cm). Estoy abierto a todo excepto al sado, no os arrepentiréis, os haré gozar de felicidad como nunca”, decía el anuncio, que ha sido retirado de la red.

Sus tarifas oscilaban entre los 50 euros por 15 minutos de servicio y los 120 euros por hora, señala El Mundo.

La alcaldesa de la localidad de Noez, Yolanda Sánchez, sostuvo que las actividades extrareligiosas del párroco eran “un secreto a gritos”.

El cura, en su homilía del domingo 7 de febrero, confesaba a sus feligreses que había robado dinero de las hermandades.

Astilleros de Sevilla en peligro.

08 - Febrero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

Los representantes de los trabajadores de Astilleros de Sevilla lamentan que la cancelación de barcos pueda suponer “la muerte de los astilleros” que conllevaría el despido de 1.500 trabajadores de la industria auxiliar de la factoría sevillana.

Fuentes del comité de empresa indicaron a Europa Press, tras la última cancelación de la naviera Viking Line, que, “si las cancelaciones siguen adelante, puede suponer el cierre de Sevilla”.

Las mismas fuentes precisaron que los tres buques -el transbordador para Viking Line y los dos barcos de apoyo a plataforma petrolera encargados por un armador chipriota- suponen la contratación de casi 1.500 trabajadores de la industria auxiliar, que se quedarían sin empleo.

Precisaron que en el caso de Viking Line, queda por terminar de construir del 60 al 70 por ciento de la nave y en él trabajan casi 1.000 trabajadores, que tenían “bastante tarea” hasta abril de 2011, cuando estaba prevista la entrega del pedido.

En el caso del armador chipriota, de los dos barcos encargados, “uno se encuentra en un estado más avanzado de construcción, pues quedaba por terminar el 40 por ciento, mientras que el otro está en el inicio de la construcción”.

“Si siguen adelante las cancelaciones incluso peligra el empleo de la plantilla de astilleros, tanto los 250 trabajadores de plantilla, como los 20 de la industria auxiliar”, añadieron las fuentes, que lamentaron que la planta sevillana “se quedará sin nada, sin trabajo”. Apuntaron que hay algunos proyectos “pero nada concretado”.

Agregaron que el Viking Line “vale 100 millones de euros, pero el armador tiene pagados 46 millones, que habría que devolverle”, mientras que el armador chipriota tiene pagados 26 millones de euros “que también deberían devolverse”.

Los trabajadores esperan que estos anuncios de cancelación “sean una medida de presión de los armadores, pues hasta ahora habían demostrado que querían los barcos y que confiaban en los astilleros”. “No sabemos si es la última gota que colma el vaso o una simple medida de presión”, añadieron.

“UGT y CCOO han perdido el juicio”.

05 - Febrero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

UGT y CCOO denunciaron a LAB por utilizar la expresión “vendidos” en un cartel de denuncia por la entrega de la Medalla de Oro de Navarra. Debieron pensar que la mejor defensa era un buen ataque y trataron de acallar las críticas a su actuación pleiteando en los juzgados. Les salió el tiro por la culata y perdieron el juicio: el juez estimó que llamar “vendidos” a UGT y CCOO se enmarcaba en el derecho a la crítica sindical. Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado la sentencia.

De esta forma, el resultado del juicio formal coincide con la opinión de las personas de buen juicio (algo que por desgracia no siempre sucede). No en vano, “vendidos” es una expresión empleada por miles de trabajadores y trabajadoras para denunciar la vergonzosa y claudicante línea sindical de UGT y CCOO. Entre gritos de “vendidos” huyeron los delegados de estos dos sindicatos de la empresa Koxka, tras traicionar a la asamblea y a la ética sindical. Y a más de una persona le vendrá a la cabeza este adjetivo tras conocer la millonada destinada a CEN, UGT y CCOO en los presupuestos de Navarra para el 2010.

La Confederación de Empresarios de Navarra y los sindicatos UGT y CCOO van a percibir 16,7 millones de euros gracias a los presupuestos de Navarra 2010, aprobados por UPN y PSN. Esta cantidad es mayor que, por ejemplo, todas las ayudas concedidas a las más de diez mil familias navarras que carecen de ingreso salarial alguno

UGT y CCOO tratan de justificar sus ingresos multimillonarios argumentando que reciben dinero público porque realizan un servicio público. Y precisamente esto es parte del problema: la Administración está privatizando numerosos servicios públicos en beneficio de UGT y CCOO, de tal manera que estas dos organizaciones se han convertido en gestores privados del Gobierno de UPN (algo que evidentemente es incompatible con la defensa de los intereses de la clase trabajadora).

Por ejemplo, el dinero que CEN, UGT y CCOO reciben para “programas de prevención de riesgos laborales” es 3,66 veces mayor que el presupuesto de la Sección de Prevención de Riesgos Laborales del propio Gobierno. Lo que no evita que las tasas de accidentes laborales y muertes de trabajadores en Navarra sigan doblando la media europea.

Algo parecido ocurre con las partidas relativas a la igualdad, la conciliación y el empleo femenino. CEN, CCOO y UGT se llevan 760.000 euros, mientras que el Servicio de Promoción de Empleo e Igualdad de oportunidades cuenta tan solo con 75.000 euros, es decir, la décima parte de la cantidad anterior. Mientras tanto, las mujeres siguen soportando más paro, mayor eventualidad, menor sueldo y doble jornada.

En el área de inmigración el despropósito va más allá, ya que las únicas partidas presupuestarias destinadas para la “formación e inserción de inmigrantes” son destinadas en exclusiva a UGT y CCOO. Es decir, toda la gestión de este Servicio referida a este tema es dejada al cien por cien en manos de estos dos sindicatos. Y mientras tanto, los derechos de las personas inmigrantes se conculcan día tras día.

El reciente acuerdo Gobierno-CEN-UGT-CCOO referente a la atención a la dependencia se sitúa en la misma dirección: legitimación de un modelo deficiente para platilla y usuario, a la vez que altamente provechoso para empresas privadas que hacen “el agosto”.

Como muestra tres datos:

Después de cuatro planes de empleo firmados por Gobierno, Patronal, UGT y CCOO en Navarra hay al menos 43.278 personas en paro.

El objetivo del III. Plan era reducir la temporalidad en 6 puntos y en realidad aumentó en 3.

El objetivo del III. Plan era reducir el paro por debajo del 5% de la población activa y hoy casi triplica ese porcentaje.

El IV. Plan está vigente, pero EL VERDADERO PLAN CONSISTE EN DESPIDOS MASIVOS y se está aplicando por parte de la Patronal con la complicidad de UPN, PSN, UGT y CCOO.

Nos preguntamos: ¿Para qué han servido los 1.430 millones de euros invertidos hasta ahora en estos planes de empleo? Esto es un auténtico escándalo. Urge un giro de 180º en la política de empleo del Gobierno de Navarra.

Dos presos se fugan de Sevilla 1.

04 - Febrero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

Dos presos, entre ellos un narcotraficante, se han fugado en la madrugada de hoy de la cárcel de Sevilla 1 -situada en la carretera de Torreblanca a Mairena del Alcor- según ha confirmado el Ministerio del Interior, que también ha afirmado que se trata de un preso “de especial seguimiento”. La fuga ha tenido lugar en el módulo 7 de preventivos en el que estaban internos, según fuentes consultadas por Europa Press.

En este sentido, las mismas fuentes apuntaron que los dos reos se encontraban recluidos en la misma celda de la prisión de Sevilla 1, precisando que uno de ellos pertenece al grupo de FIES 3 (Fichero Interno Especial Protección) y estaba interno por delitos relacionados con el tráfico de sustancias estupefacientes.

Por su parte, la Guardia Civil ha precisado que los dos reos fugados son R. H. C., cordobés de 28 años que cumplía una condena de siete años y seis meses por robos, con una causa preventiva por homicidio; y M. L. E. , marroquí de 22 años que cumplía condena de tres años y seis meses por robo con violencia, mientras que tenía también una causa preventiva por robo.

Asimismo, quisieron dejar claro que ninguno de los dos reos cumplía condena por delitos relacionados con el tráfico de sustancias estupefacientes, así como que no pertenecen al grupo de FIES 3 (Fichero Interno Especial Protección).

Según fuentes consultadas por Europa Press, la fuga se habría detectado a primera hora de la mañana de hoy, cuando los funcionarios procedieron a realizar el recuento y constataron que faltaban dos reos. Tras detectarse la huida, se activó el protocolo creado para estos casos, desplegando la Guardia Civil un dispositivo de búsqueda por toda la provincia.

Por el momento, del otro fugado únicamente ha trascendido que se trata de una persona de origen árabe, mientras que se desconocen las circunstancias en las que se habría producido la fuga de los dos reos, que en todo caso se habría llevado a cabo durante la noche.

Padrón: un medio de control.

24 - Enero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

El padrón es sólo un registro estadístico, con muy pocos elementos de comparación en el mundo. No es buenismo ante la inmigración, como dijo esta semana el presidente de la Generalitat, José Montilla. Es un recuento de personas que viven en cada municipio, que por sí solo no genera ningún derecho, pero que se utiliza como herramienta eficaz para la ordenación de la convivencia. En eso coinciden el Tribunal Supremo, el Instituto Nacional de Estadística (INE), la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Abogacía del Estado y hasta ahora todos los partidos, sin excepción.

“El padrón municipal es el registro administrativo en el que constan todos los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Su formación, gestión y custodia corresponden a cada uno de los más de 8.000 ayuntamientos existentes”, asegura Ana Jurado, subdirectora General de Censos y Padrón del Instituto Nacional de Estadística. Tiene reconocido valor científico también para medir la evolución de la población y las migraciones y es la base para elaborar el censo.

No ha habido discusión hasta ahora sobre su funcionamiento y naturaleza. Fue Mariano Rajoy como ministro de Administraciones Públicas quien dictó en julio de 1997 una instrucción para la inscripción automática de inmigrantes en situación irregular y el PP no ha planteado hasta ahora dudas sobre su naturaleza y funcionamiento. No lo hizo ni siquiera en el reciente trámite de la nueva Ley de Extranjería en las Cortes.

La resolución dictada por Rajoy era tan tajante como que aseguraba que “la misión del padrón es constatar el hecho de la residencia, y no controlar los derechos de los residentes. Y justamente porque ésta es la finalidad del padrón, el artículo 18.2 de la Ley de Régimen Local determina que la inscripción padronal no es un acto administrativo idóneo para que de él se extraigan consecuencias jurídicas ajenas a su función”. Eso decía Rajoy hace 12 años, cuando era ministro.

Sí ha habido responsables políticos que en los últimos años han expresado dudas sobre la precisión de las estadísticas del padrón y han planteado la necesidad de actualizar su metodología para evitar errores o fraudes.

Por ejemplo, el pasado 17 de junio, la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, aseguró en la Comisión Constitucional del Congreso: “No resulta muy difícil empadronarse sin vivir realmente en España; de hecho ocurre con muchísima frecuencia. El empadronamiento se produce hasta por Internet, esa es la realidad, y la conclusión a la que hemos llegado todos después de hacer muchos estudios sobre cómo funcionan los datos que tenemos, que desde luego no son buenos, para reflejar una situación real del fenómeno, tendremos que mejorar esos elementos estadísticos”.

El 9 de octubre de 2008, la secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí, dijo casi lo mismo en el Congreso: “El número de personas empadronadas da cuenta del número de personas que se han empadronado, pero no del número de personas que residen en nuestro país. Una persona puede estar empadronada aquí y ni siquiera haber vivido alguna vez aquí, por una ley que procede de hace muchos años. Deberíamos reflexionar aquí conjuntamente sobre si para poder empadronarse se necesita que una persona vaya físicamente a hacerlo y no lo haga a través de Internet”. De ahí no pasó, admitiendo que es posible que alguien “no haya pisado suelo español” y pueda estar empadronado.

La base legal del padrón es el artículo 15 de la Ley de Bases de Régimen Local que asegura que “toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón municipal del municipio en el que resida habitualmente”. Y el 18 aclara expresamente que “la inscripción de los extranjeros en el padrón municipal no constituirá prueba de su residencia legal en España ni les atribuirá ningún derecho que no les confiera la legislación vigente, especialmente en materia de derechos y libertades de los extranjeros en España”.

Un informe de los Servicios Jurídicos de la FEMP concluye que “el padrón municipal es una institución de naturaleza estadística”. Añade que “la finalidad básica del padrón no es otra que la de contener la relación de todas las personas que viven efectivamente en el término municipal”.

El Tribunal Constitucional falló en 2003, como consecuencia de un recurso del PSOE, que todas las personas, sean inmigrantes legales o no, tienen derecho en España a asistencia básica, es decir, sanidad y educación. El único sistema de control meramente estadístico y de capacidad es la inscripción en el padrón. Dando por hecho que esa inscripción es posible para residentes legales y para irregulares.

Y sobre la supuesta contradicción entre estar inscrito en el padrón y ser expulsado por estar en situación irregular, el responsable de la Abogacía del Estado, Joaquín Fuentes Bardají, asegura en el informe emitido esta semana que “la inscripción, tratándose de ciudadanos extranjeros, no acredita la residencia legal de los mismos en el territorio español”.

Es decir, que los municipios pueden conocer sus estadísticas de población con el padrón, pero, al no generar derechos esa inscripción, pueden ser expulsados aunque consten en el padrón. La ley de extranjería precisa que esa inscripción sólo sirve para la prestación de servicios básicos, no para generar derechos de estancia y mucho menos de nacionalidad.

Y el Tribunal Supremo ha fallado en varias sentencias que el empadronamiento no es muestra de arraigo. “No puede afirmarse que el empadronamiento acredite el arraigo”, asegura el alto tribunal en dos sentencias de 2003 y “no puede ser tomado en consideración como acreditativo del arraigo el empadronamiento”, en otra de 2007. Esa reiterada doctrina ha marcado el camino a otras resoluciones de tribunales superiores de justicia para avalar expulsiones de extranjeros irregulares, pese a estar empadronados. Otro ejemplo: el Tribunal Superior de Castilla y León, en una sentencia redactada por el magistrado Francisco Javier Pardo en 2008, asegura tajante que “no es suficiente a los efectos de apreciar el arraigo el mero empadronamiento en un municipio”. Hay sentencias similares en Madrid y Valencia, entre otras comunidades.

Ocasionalmente, algunos tribunales han dado por bueno el empadronamiento para probar el arraigo, pero siempre que esté ligado a otros factores como el puesto de trabajo acreditado.

La otra duda que provoca el registro del padrón es hasta qué punto es una simple inscripción automática o si los ayuntamientos tienen capacidad de poner condiciones o investigar o fiscalizar si se cumplen las exigencias legales. Esa polémica está en el origen de la actuación del consistorio de Vic, avalada por un informe jurídico del despacho de Miquel Roca, que sostenía que los ayuntamientos pueden decidir si el inmigrante es irregular o no. O, mucho más claro, en Torrejón (Madrid) donde se impide inscribirse a extranjeros con visado de turista o a los que señalan como vivienda las que tengan menos de un número determinado de metros cuadrados por persona.

El PP, apoya esta última posición, porque, según su portavoz de inmigración, Rafael Hernando, entiende que con la legislación actual los ayuntamientos tienen margen de comprobación. Por ejemplo, si la ley obliga a empadronar a residentes, no lo puede ser un extranjero que tiene visado de turista.

También, según Hernando, para evitar los “pisos patera” o los falsos domicilios utilizados para empadronamientos masivos. Cita el caso del ayuntamiento de Roquetas (Almería) que detectó cómo una ONG empadronaba en una misma vivienda a centenares de extranjeros irregulares. Explica el portavoz del PP que ese empadronamiento resulta a la larga fundamental como requisito para probar el arraigo y, por tanto, los ayuntamientos deberían establecer ese control.

Esa tesis, no obstante, es rebatida por la doctrina de las reiteradas sentencias citadas.

Esa opinión del PP no la comparte tampoco el jefe de la Abogacía del Estado que sostiene que “en ninguno de los preceptos legales relativos al padrón municipal se impone a los servicios de la corporación local respectiva la comprobación o constatación de la residencia legal del extranjero en territorio español como requisito necesario para su inscripción en el padrón y ello por entender, obviamente, que no es competencia de las corporaciones locales dicha comprobación a los efectos de empadronamiento de personas extranjeras”. Hasta la propia resolución dictada por Rajoy en 1997 como ministro de Administraciones Públicas dice: “El Ayuntamiento ni interviene en la concesión de los permisos de residencia ni es competente para controlarlos. Su obligación es reflejar en un registro, el padrón, el domicilio y las circunstancias de todas las personas que habitan en su término municipal. Y de la misma manera que no debe controlar a través del padrón la legalidad o ilegalidad de la ocupación de la vivienda, tampoco debe realizar ningún control sobre la legalidad o ilegalidad de la residencia en territorio español de ninguno de sus vecinos”.

El problema que sí subyace en los empadronamientos es el de la financiación local, ya que los ayuntamientos tienen que asumir como competencias impropias la asistencia a los extranjeros registrados en sus municipios, sin recibir financiación extra del Estado. En cambio, las comunidades sí reciben mayor financiación por incremento de la población empadronada, según el último sistema aprobado, es decir, se benefician de la permisividad en las inscripciones en los municipios.

Ana Jurado, subdirectora General de Censos y Padrón del Instituto Nacional de Estadística, explica que “los datos obligatorios que contiene el padrón municipal se establecen por ley y son nombre y apellidos, sexo, domicilio habitual, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, número de Documento Nacional de Identidad o, tratándose de extranjeros, del documento que lo sustituya”.

Jurado añade en un artículo en la revista Índice que “pocos países en el mundo disponen de registros similares, con la población exhaustiva y actualizada residente en el país, salvo cuando realizan los censos de población, y que permite además disponer de flujos migratorios permanentemente actualizados”.

El modelo más parecido al español sobre el padrón y la inscripción de extranjeros es el de Reino Unido, donde los ilegales pueden estar inscritos en el censo, porque éste pretende saber cuánta gente reside, al margen de su estatuto legal. Tienen acceso a la educación porque Naciones Unidas así lo exige y las escuelas no están obligadas a comprobar si son ilegales. Y, aunque no tienen derecho a atención sanitaria, en la práctica el Gobierno no lo impide.

En Italia, los inmigrantes irregulares no pueden inscribirse en los padrones municipales. El Paquete de Seguridad redactado por la Liga del Norte y aprobado en agosto de 2009 determina que sólo pueden registrarse los inmigrantes con permiso de residencia que demuestren residir en una vivienda certificada por el municipio con condiciones, entre ellas la surrealista imposición de un antebaño, además de un número mínimo de metros por persona. En Bélgica no hay un sistema unificado de padrón y, como en Holanda, sólo se registra a los legales.

Censo e inmigración en Europa:

- Italia. Los inmigrantes irregulares no pueden inscribirse en el padrón. La ley deja a los sin papeles y sus familias sin acceso a la sanidad y la educación.

- Alemania. Los irregulares no se pueden empadronar. Si lo intentan, el organismo comunica sus datos a la oficina de extranjería. Ni las consultas ni las ONG de médicos están obligadas a denunciar; los hospitales o las escuelas sí.

- Francia. No es necesario estar registrado para acceder a los derechos sociales. En el caso de la asistencia médica, los irregulares están cubiertos por un dispositivo especial que les permite acudir al médico y cuyo coste asumen las autoridades.

- Bélgica. No existe el empadronamiento como en España. Cada comuna tiene un sistema de registro distinto. La norma general es que sólo pueden registrase los inmigrantes legalizados.

- Holanda. No censa a inmigrantes ilegales. Éstos tienen garantizado el uso de servicios médicos de urgencia, pero no los médicos de cabecera. Tienen acceso a la educación hasta los 16 años.

- Reino Unido. Los irregulares pueden estar inscritos en el censo porque este pretende saber cuánta gente reside, al margen de su estatuto legal. Tienen acceso a la educación y, aunque no tienen derecho a atención sanitaria, en la práctica el Gobierno no lo impide.

- Portugal. Los inmigrantes irregulares no figuran en el padrón. Sin embargo, tienen derecho a todas las prestaciones sociales.

7.600 delincuentes extranjeros expulsados.

24 - Enero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

La recién estrenada Brigada de Expulsión de Delincuentes Extranjeros de la Policía Nacional ejecutó en 2009 la repatriación de 7.591 malhechores por haber cometido cerca de 24.000 delitos. Una inspectora jefe de la Brigada ha aclarado que “el porcentaje de delincuentes extranjeros es mínimo respecto a la cantidad total de inmigrantes que viven en nuestro país”.

Los criminales expulsados son reincidentes, autores de hechos con especial violencia o gravedad, terroristas y presos en prisión preventiva o que concluyen su condena. De las 23.918 infracciones que acumularon los delincuentes, un 46% son contra el patrimonio, un 19% contra las personas, un 8% son hechos contra la salud pública y un 5% son casos de violencia doméstica. El 22% restante pertenecen a tipologías delictivas diversas. Los expulsados tienen prohibida la entrada en España y en los países miembros del espacio Schengen durante 10 años.

La Brigada, creada a finales de 2008, está en comunicación constante y accede a las bases de datos de las autoridades judiciales, la Fiscalía y Prisiones, donde la Brigada ha efectuado 2.022 repatriaciones de presos, un 54% más que el año anterior. Forma parte de la Comisaría de Extranjería y Fronteras y su objetivo es conocer la situación penitenciaria de los reincidentes extranjeros para gestionar, si es necesario, su expulsión con autorización judicial.

La Dirección General ha informado con un ejemplo. La Brigada ha procedido a la expulsión de dos delincuentes, A. F. y M. O., que acababan de salir de prisión. Entre ambos sumaban 41 detenciones por delitos como robo con violencia, falsificación de moneda, amenazas, estafas, violencia doméstica y lesiones.

Competencia en contra de la SGAE.

23 - Enero - 2010 por JM | Noticias Nacionales | | Envia un comentario

La reunión prevista para el 1 de febrero entre la Comisión Nacional de la Competencia y cuatro sociedades de gestión de derechos de autor -AIE, AGEDI, CEDRO Y SGAE- ha sido desconvocada a raíz del informe que hizo público la CNC el pasado martes y de las reacciones que el mismo produjo en las citadas entidades.

En ese informe, la CNC recomendaba una “revisión integral” de la Ley de Propiedad Intelectual y acusaba a las entidades de gestión de mantener una “posición monopolística” y de aplicar “tarifas inequitativas y/o discriminatorias por la utilización de los repertorios”.

Dos días después, Ibercrea, la nueva asociación que agrupa a las cuatro entidades de gestión de derechos de autor, tachó de “intrusivo y oportunista” el informe y negó que estas sociedades quieran crear un “monopolio” con la gestión de los derechos de autor.

Según ha señalado hoy a Efe Manuel Medina, presidente de Ibercrea, la reunión del 1 de febrero se había convocado “sobre la base de que el informe no hubiera salido, pero al haberse hecho público ya no tiene sentido celebrarla”.

En realidad, el primero en tomar la iniciativa fue Luis Berenguer, presidente de la Comisión Nacional de la Competencia, que envió un correo electrónico a Ibercrea desconvocando la reunión del 1 de febrero, pero, según Manuel Medina, las sociedades también habían “decidido cancelarla”. Medina insiste en que el contenido del informe de la CNC, al que darán “debida respuesta”, está “lleno de inexactitudes”. “Salió sin haber contado con los interesados, y eso es un procedimiento que podríamos considerar inquisitorial”.

El informe, prosiguió, “no tiene consecuencias jurídicas, pero sí puede tenerlas políticas y hace un daño enorme a la reputación de las entidades de gestión en un momento, además, en el que se están discutiendo en el Congreso las nuevas normas de la propiedad intelectual”. “Parece que la única intención del informe de la CNC es perjudicar a las entidades de gestión”, aseguró.

Las sociedades de gestión se enteraron “a través de una filtración de que ese informe estaba en marcha, y esa fue la razón” por la cual pidieron una entrevista con el presidente de la CNC, pero al haberse hecho público antes, “sin la opinión de los interesados”, la reunión “ya no tiene sentido”, recalcó Medina. Ibercrea tiene previsto contestar al informe de la CNC, porque lo que han dado hasta ahora es tan sólo “una valoración provisional”. “Queremos contestar en la misma proporción y con la misma difusión, pero eso lleva tiempo”, señaló Manuel Medina, quien no quiso fijar de momento fecha para esa respuesta.

« Articulos anteriores